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Introducción
Cuando llegue a Irlanda deberá mostrar su pasaporte, permiso, visado y demás documentación necesaria al funcionario de inmigración en el aeropuerto u otro puerto de entrada.
El funcionario de inmigración decidirá entonces si se le permite entrar en el país.
Aunque tenga un visado válido para Irlanda, el funcionario de inmigración podría denegarle la entrada si no está satisfecho con sus documentos o explicaciones.
Si se le permite entrar en el estado
El funcionario pondrá un "sello de desembarco" en su pasaporte para darle un permiso de inmigración temporal para permanecer aquí. Este sello identifica el tiempo que puede permanecer.
El tiempo máximo de estancia se indica con una fecha en el sello de desembarco. El plazo habitual es de 3 meses, aunque es posible que te den menos.
Si llega con un visado "C" de corta duración, debe abandonar el país antes de que expire su sello de desembarque.
Oficina de registro
Si llega con un visado "D" de larga duración y desea permanecer más de 3 meses, debe acudir a la Oficina de Registro de Dublín, en Burgh Quay, antes de que caduque su sello de desembarque para prorrogar su permiso de inmigración y registrar sus datos.
Si se le deniega el permiso de entrada al Estado
Si se le deniega el permiso de entrada al Estado, se le devolverá al lugar de donde salió.