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¿Qué es la EEE?
El Sistema de Entradas y Salidas (SES) es un sistema informático que se utilizará en las fronteras exteriores del espacio Schengen para escanear los pasaportes y otros documentos de viaje de los "nacionales de terceros países". (A efectos del SES, se entiende por "ciudadano no comunitario" todo viajero que no sea ciudadano de ningún país de la Unión Europea ni de Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza). En sustitución de los controles manuales de pasaportes, el Sistema automatizado de Entradas y Salidas utilizará datos biométricos y biográficos contenidos en pasaportes y documentos de viaje para registrar a los nacionales de países no pertenecientes a la UE que viajen al espacio Schengen para "estancias de corta duración", es decir, estancias inferiores a 90 días dentro de un periodo de 180 días.
¿Qué países aplicarán la EEE?
Todos los países de la zona Schengen aplicarán la EEE. Estos países son: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Chequia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, Rumanía, Suecia y Suiza.
Como Irlanda no participa en el SES, los viajeros que vienen directamente a Irlanda no están sujetos a los requisitos del régimen.
¿A quién afectará la EEE?
La obligación de registrarse en el Sistema de Entradas y Salidas se aplicará a la mayoría de los nacionales de terceros países que viajen al Espacio Schengen para una estancia de corta duración. Es importante destacar que tanto los nacionales de terceros países que deban obtener un visado de corta duración para entrar en el Espacio Schengen como aquellos que no necesiten obtener un visado de corta duración para entrar en el Espacio Schengen deberán registrarse en el SES en las fronteras exteriores del Espacio Schengen. Existen algunas exenciones y a determinados nacionales de terceros países no se les exigirá que se registren en el SES. Para más información, véase más abajo.
¿Estarán exentos de utilizar el SES los titulares de un IRP (Permiso de Residencia Irlandés)?
Sólo estarán exentos los titulares de un permiso de residencia irlandés que tengan una relación de parentesco inmediata con una de las personas siguientes
1. Ciudadano de la UE
2. Un ciudadano de un país del espacio Schengen
3. Un nacional de un tercer país que puede viajar por Europa como un ciudadano de un país del Espacio Schengen.
¿Están exentos los beneficiarios del Acuerdo de Retirada UE-Reino Unido?
Las exenciones del Sistema de Entrada/Salida no se aplican a los beneficiarios del Acuerdo de Retirada y a los miembros de sus familias cuyo Estado de acogida sea Irlanda o Chipre, dado que estos dos Estados miembros no participan en el Sistema de Entrada/Salida.
Los demás nacionales británicos y sus familiares beneficiarios del Acuerdo de Retirada sólo estarán exentos de registrarse en el Sistema de Entradas y Salidas (SES) si son titulares de un documento de residencia específico:
Tenga en cuenta que los documentos de residencia específicos incluidos en las letras c) y d) pueden cambiar con el tiempo, por lo que se recomienda a los beneficiarios del Acuerdo de Retirada que lo comprueben antes de viajar.
Para consultar la lista completa de exenciones del SES, visite el sitio web del SES aquí.
Protección de datos
¿Cuánto tiempo conserva el SES sus datos personales?
Los datos se almacenarán en el sistema durante los siguientes periodos:
Registros de entradas, salidas y denegaciones de entrada: 3 años, a partir de la fecha en que se registraron.
Ficheros individuales con datos personales: 3 años y un día, a partir de la fecha del último registro de salida (o de denegación de entrada, si no se permitió la entrada al pasajero).
Si no se ha registrado ninguna salida: 5 años, a partir de la fecha de expiración de la estancia autorizada.
Una vez transcurrido cada plazo, los datos se borran automáticamente. Como las huellas dactilares de los viajeros que necesitan visados Schengen ya estarán en el Sistema de Información de Visados, no se almacenarán de nuevo en el SES.
En el caso de los nacionales de terceros países que sean miembros de la familia de nacionales de la UE, del EEE o de Suiza que viajen a un Estado distinto del de su nacionalidad, o que ya residan en él, y que acompañen a estos nacionales de la UE, del EEE o de Suiza o se reúnan con ellos, cada registro de entrada, salida o denegación de entrada se conservará durante un año a partir de la fecha del registro de salida o de denegación de entrada.