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Introducción
La reagrupación familiar en virtud de la Ley de Protección Internacional de 2026 otorga a determinados familiares un permiso de residencia que les permite vivir en Irlanda con el titular de una declaración de protección internacional.
¿Puedo solicitar la reagrupación familiar?
Puedes solicitar la reagrupación familiar en virtud de la Ley de Protección Internacional de 2026 si has recibido una declaración vigente en calidad de:
Una vez concedida la protección internacional, los patrocinadores no tendrán derecho a solicitar la reagrupación familiar durante un período determinado de dos años.
Por ejemplo, si la fecha en la que recibiste tu notificación fue el 30 de junio de 2026, deberás esperar hasta el 1 de julio de 2028 o una fecha posterior para presentar tu solicitud de reagrupación familiar.
Solicitudes de reagrupación familiar en virtud de la Ley de Protección Internacional de 2015
Si has solicitado la reagrupación familiar antes del 12 de junio de 2026, tu solicitud se tramitará con arreglo a lo dispuesto en los artículos 56 y 57 de la Ley de Protección Internacional de 2015.
¿Qué miembros de mi familia pueden acompañarme?
Puede solicitar que los siguientes miembros de la familia se reúnan con usted en Irlanda:
Menor no acompañado
Una persona que fuera menor de edad en el momento de presentar la solicitud de protección internacional con arreglo a la Ley de Protección Internacional de 2026 podrá solicitar por escrito una exención en relación con
y/o
¿Cómo puedo solicitarlo?
Debes enviar tu solicitud por escrito a [email protected]
Por favor, proporcione la siguiente información con su solicitud:
¿Qué ocurre después de presentar la solicitud?
Cuando hayamos recibido toda la información indicada anteriormente, te enviaremos un cuestionario de reunificación familiar. Deberás cumplimentar el cuestionario en un plazo de 28 días y devolvérnoslo. En el cuestionario se enumerarán los documentos y pruebas que deberás presentar para respaldar tu solicitud.
De conformidad con la ley, también debe demostrar que puede mantener a su familia sin convertirse en una carga para el Estado. Consulte el S.I. 251 de 2026, el S.I. 252 de 2026 y el S.I. 253 de 2026.
¿Qué ocurre si se aprueba mi solicitud?
Si su solicitud es aprobada, le enviaremos una carta de subvención. Esta carta le dará todos los detalles que necesitará en relación con:
¿Qué ocurre si mi solicitud es rechazada?
Si su solicitud no es aprobada, se le notificará esta decisión por carta. Esta carta indicará los motivos por los que no se ha aprobado su solicitud.
¿En qué circunstancias puede retirarse un permiso de reagrupación familiar?
El permiso de reagrupación familiar puede ser retirado:
Contacto con nosotros
Si tiene alguna pregunta en relación con la reagrupación familiar que no haya sido respondida aquí, no dude en ponerse en contacto con nosotros en [email protected]. Por favor, incluya su identificación de persona e indique claramente que su pregunta es para la Unidad de Reagrupación Familiar.
Ten en cuenta que no se enviarán por correo electrónico actualizaciones sobre el estado de las solicitudes.