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Introducción
Un documento de viaje de convención se refiere a un documento de viaje expedido de conformidad con el artículo 28 de la Convención de Ginebra.
Requisitos de visado
El titular de un documento de viaje del Convenio no puede estar sujeto a la obligación de visado irlandés para estancias cortas de hasta 90 días en Irlanda.
Para que el titular de un documento de viaje de este tipo esté exento de la obligación de visado irlandés para estancias cortas, el documento de viaje debe ser expedido por un Estado europeo que sea parte contratante del "Acuerdo Europeo sobre la Supresión de los Visados para los Refugiados".
A partir de las 12.00 horas del 19 de julio Irlanda suspende temporalmente la aplicación del Acuerdo europeo sobre la supresión de visados para los refugiados durante un periodo de 12 meses. A partir de esa fecha, los titulares de documentos de viaje de 1951 deberán estar en posesión de un visado de entrada en Irlanda antes de viajar a la frontera. Puede solicitar un visado irlandés en línea.
Documentos de viaje aceptados por Irlanda - Actualmente suspendidos
Irlanda sólo acepta los documentos de viaje expedidos por los países que se indican a continuación.