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Introducción
Si ha residido legalmente en Irlanda durante un mínimo de cinco años (60 meses) como titular de un permiso de trabajo expedido por el Departamento de Empresa, Comercio y Empleo, puede solicitar el permiso de residencia de larga duración.
Si su solicitud es aceptada, se le concederá un permiso que le permitirá trabajar en Irlanda durante 5 años más sin necesidad de obtener otro permiso de trabajo. Lea a continuación para obtener más información sobre los requisitos para acceder a este régimen.
Condiciones
Para acogerse a este régimen, debe demostrar su residencia legal en Irlanda sobre la base de las condiciones del permiso de trabajo, tal como consta en el correspondiente Sello 1 o Sello 4 (expedido por el Servicio de Inmigración) de su pasaporte, o en las tarjetas de permiso de residencia irlandés (IRP) caducadas.
En este régimen, la residencia se calcula en función de los sellos de su pasaporte o de la validez de sus tarjetas de permiso de residencia irlandés (IRP) caducadas, y no en función de las fechas de inicio y fin de sus permisos de trabajo. Cualquier periodo de tiempo en el que no tenga un sello en su pasaporte, o no tenga una tarjeta IRP válida, no se contabilizará.
Si su solicitud es aceptada, su cónyuge y/o persona(s) dependiente(s) también pueden solicitar la residencia de larga duración. Su cónyuge/dependiente también debe haber residido legalmente en el Estado durante el periodo requerido de 60 meses, es decir, durante el mismo periodo de residencia que usted.
Si se le concede la residencia de larga duración como cónyuge/dependiente, se le concederá un permiso Sello 1G o Sello 3 (dependiendo del tipo de permiso de trabajo que tenga su cónyuge/padre). Si se le concede un permiso Sello 3, no podrá trabajar con este permiso.
Elegibilidad
Usted puede ser elegible para este permiso si:
Debe cumplir todos los criterios anteriores para poder optar a la residencia de larga duración.
Cómo solicitarlo
Por favor, rellene este formulario para la residencia de larga duración. Debe completar todas las secciones del formulario de solicitud y enviarlo, con toda la documentación requerida que se indica a continuación, a la siguiente dirección:
Sección de Residencia de Larga Duración
Unidad C - División de Residencia Doméstica y Permisos
Prestación de Servicios de Inmigración
Departamento de Justicia
13-14 Burgh Quay
Dublín 2, DO2 XK70
Irlanda
Los formularios de solicitud incompletos no se tramitarán y serán devueltos.
¿Qué ocurre si se aprueba mi solicitud?
Si su solicitud es aprobada, recibirá una carta del Servicio de Inmigración que aprueba su solicitud. A continuación, se le pedirá que pague una tasa de 500 euros en un plazo de 28 días a partir de la fecha de dicha carta. Cuando se reciba esta tasa, se le entregará una carta en la que se le concede el permiso.
Debe concertar una cita con su oficina local de inmigración para registrar este permiso y pagar la tasa de registro correspondiente, que se suma a la tasa de permiso de 500 euros.
¿Qué ocurre si mi solicitud es rechazada?
Si se le deniega, le enviaremos una carta con los motivos de la denegación. No hay proceso de apelación. Puede volver a solicitar el permiso de residencia de larga duración en cualquier momento. Debe prestar mucha atención a los motivos por los que se le denegó la solicitud anterior.
Preguntas frecuentes
Contacto con nosotros
Puede ponerse en contacto con nosotros si tiene preguntas por correo electrónico en [email protected].
No emitimos actualizaciones del estado de las solicitudes. Por favor, póngase en contacto con nosotros sólo si es urgente. Esto nos permitirá dedicar más tiempo a la tramitación de las solicitudes.