En esta sección
Introducción
Si un trabajador con un Permiso de Empleo para Cualificaciones Críticas (CSEP) o un Permiso General de Empleo (GEP) es despedido, debe comunicarlo al Departamento de Turismo Empresarial y Empleo (DETE) en el plazo de cuatro semanas a partir del despido.
A continuación, disponen de seis (6) meses a partir de la fecha del despido para encontrar un nuevo empleo.
Si envían el formulario de notificación de despido al DETE no tendrán que pasar por algunos de los controles habituales, como la prueba de necesidades del mercado laboral. Encontrará más información sobre los permisos de trabajo en el sitio web del sitio web del DETE.
Si no encuentran un nuevo empleo en el plazo de seis (6) meses, pueden ponerse en contacto con el DRP en relación con su permiso de inmigración utilizando el formulario de solicitud que figura a continuación.
En Permiso de Reactivación del Empleo está gestionado por el Departamento de Empresa, Comercio y Empleo (DETE).
El papel del Servicio de Inmigración en este plan es conceder a una persona que ha trabajado en el Estado permiso para permanecer en Irlanda para que pueda presentar una solicitud al DETE para un Permiso de Reactivación de Empleo. Para obtener información sobre este régimen y comprobar si cumple los requisitos, lea a continuación.
Objetivo del régimen
El objetivo de este régimen, gestionado por el DETE, es ofrecer a los trabajadores nacionales de países no pertenecientes al EEE que hayan obtenido o sean titulares de un permiso de trabajo una vía legal de reinserción laboral en caso de que se hayan quedado sin empleo y sin permiso de inmigración por causas ajenas a su voluntad, o hayan sido explotados o maltratados por su empresario.
Tenga en cuenta que la información de esta página no es aplicable a los nacionales del Reino Unido, de la UE o de Suiza, Islandia, Liechtenstein o Noruega. Si es usted nacional de alguno de estos países, no está obligado a solicitar a este departamento permiso para permanecer o trabajar en Irlanda.
Elegibilidad
Puede optar a un permiso en virtud de este régimen si:
No puede optar a un permiso de inmigración en virtud de este régimen si
Presentar una solicitud
Puede presentar su FORMULARIO DE SOLICITUD con la documentación requerida, para el Permiso de Inmigración a través del Portal de Atención al Cliente. Puede registrarse para obtener una cuenta o acceder a su cuenta existente. La presentación de solicitudes a través del Portal de Atención al Cliente garantiza una tramitación más eficiente y rápida.
Siga las instrucciones detalladas que figuran en la sección Información útil.
Adjunte el formulario de solicitud debidamente cumplimentado y los documentos justificativos. Encontrará instrucciones detalladas sobre cómo presentar esta solicitud en la sección Información útil. Tenga en cuenta que sólo se aceptan los siguientes formatos: PDF, JPEG y PNG. El tamaño máximo de cada documento es de 5 MB.
Documentos necesarios
Además del formulario de solicitud facilite la siguiente documentación:
Si su solicitud es aprobada
Si se aprueba su solicitud, se le concederá un permiso temporal Stamp 1 para permanecer en Irlanda durante seis meses. Si se le concede el permiso de residencia en virtud de este régimen, deberá presentar una solicitud de permiso de trabajo al DETE. Encontrará más información sobre este proceso en Permisos de Trabajo - DETE (enterprise.gov.ie).
Si su solicitud es rechazada
Si se deniega su solicitud en virtud del régimen y no tiene ningún otro permiso de inmigración, se le exigirá que abandone el Estado. Si no abandona el Estado, podemos notificarle la intención de deportarle en virtud del artículo 3(6) de la Ley de Inmigración de 1999.
Información útil
Para obtener instrucciones detalladas sobre cómo presentar una solicitud en nuestro Portal de Atención al Cliente, consulte "Cómo solicitar un REP en el Portal de Atención al Cliente".
Contacto con nosotros
Las consultas deben enviarse a través del del Servicio de Atención al Cliente. Puede registrarse para obtener una cuenta o acceder a su cuenta existente.