Se están introduciendo cambios significativos para los clientes en relación con el número de pruebas requeridas para establecer su identidad y residencia como parte del proceso de solicitud de ciudadanía. A partir de enero, la Ciudadanía adoptará un enfoque de puntuación, que aportará mayor claridad en cuanto a la información que los solicitantes deben proporcionar para establecer su identidad y residencia.

Los solicitantes deberán alcanzar una puntuación de 150 puntos en cada uno de los años en que se requiera la prueba de residencia. Para ello, presentarán pruebas con una puntuación predeterminada valor hasta que alcancen la puntuación requerida de 150 puntos por cada año de residencia alegado.

Con especial referencia a los médicos empleados en el HSE o en hospitales voluntarios, se aceptará como prueba de residencia la presentación de un "Resumen del historial de empleo del médico".

El solicitante también debe acumular un total de 150 puntos para establecer la identidad con el fin de cumplir con la norma correspondiente estándar. Cuando un solicitante no pueda alcanzar los 150 puntos, deberá comprometerse con el Departamento.

El solicitante tiene la responsabilidad de aportar pruebas suficientes de la residencia computable para el periodo de residencia que alega en el formulario de solicitud y el enfoque de la tarjeta de puntuación garantizará que los solicitantes tengan claro qué es exactamente lo que se requiere cuando presenten su solicitud inicial. El Ministro debe tener la certeza de que el solicitante ha residido legalmente en el Estado durante el periodo reclamado. Si no se aportan pruebas suficientes de residencia junto con la solicitud, ésta no se considerará admisible. El Ministro se reserva el derecho de solicitar los pasaportes originales de los solicitantes en cualquier fase del proceso.