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Visados de corta duración (menos de 3 meses)
Antes de presentar una solicitud de visado de corta duración "C", asegúrese de conocer la política en la que se basa el examen de las solicitudes de visado de corta duración.
Política para el examen de los visados "C" de corta duración
Todos los solicitantes de un visado "C" de corta duración (ya sea para una sola entrada o para múltiples entradas) deben demostrar que tienen vínculos familiares, sociales o económicos lo suficientemente fuertes con su país de residencia como para garantizar al funcionario de visados que la estancia prevista en Irlanda será temporal, y de acuerdo con la duración y las condiciones del permiso concedido por las autoridades de inmigración a su llegada a Irlanda. La estancia máxima permitida con un visado "C" de corta duración es de 90 días.
La responsabilidad de demostrar los vínculos sustanciales con un país distinto de Irlanda recae en usted. La carga de la prueba en todos los casos recae en usted para satisfacer al funcionario de visados. El funcionario encargado de los visados puede verificar cualquier prueba presentada en apoyo de su solicitud.
No hay derecho a un visado ni existe un conjunto de documentos o circunstancias de solicitud que garanticen la aprobación de una solicitud. Sin embargo, los documentos que normalmente se exigen en apoyo de una solicitud se exponen en la "Guía de documentación justificativa" para cada tipo de visado "C" de corta duración.
Criterios de evaluación
Al evaluar una solicitud, el funcionario encargado de los visados puede tener en cuenta las siguientes cuestiones:
Historial de delitos graves/abusos migratorios
Si tiene un historial de delitos graves o un historial de infracciones graves de la ley de inmigración irlandesa o británica, estos pueden ser, por sí mismos, motivos para la denegación de un visado.
Presentación de información/documentación falsa o engañosa
Resumen
En resumen, tendrá que demostrar claramente lo siguiente: