Actualmente la División de Residencia Doméstica y Permisos está experimentando un volumen muy elevado de solicitudes de permiso de pareja de hecho. Como consecuencia de ello, se está produciendo un retraso en la tramitación de las solicitudes. Una vez recibidas las solicitudes y cargadas en nuestros sistemas, los solicitantes recibirán un acuse de recibo. Estamos haciendo todo lo posible para acusar recibo de las solicitudes lo antes posible.
En esta sección
Introducción
Normalmente, la solicitud de un permiso de inmigración de hecho se presenta desde fuera del Estado. Sin embargo, puede concederse en determinadas condiciones a la pareja de una persona que tenga un permiso vigente para residir en Irlanda. Esa persona se denomina patrocinador elegible y puede ser un nacional irlandés, un nacional no perteneciente al EEE que resida legalmente en el Estado o un nacional del Reino Unido que viva en Irlanda.
Si una persona tiene su residencia habitual fuera del Estado y desea entrar en el Estado como pareja de hecho de un nacional irlandés o de un titular de un CSEP, deberá solicitar la autorización previa desde fuera del Estado.
La información de esta página se refiere a los solicitantes que tienen un permiso vigente en el Estado y desean obtener un permiso basado en su relación de hecho.
¿Qué es una relación de hecho?
A efectos de este documento, una relación de hecho es una relación de convivencia similar al matrimonio debidamente acreditada. Deben residir juntos durante al menos 2 años antes de presentar la solicitud.
Una relación de hecho es una relación que cumple los siguientes criterios:
¿Quién puede solicitarlo?
Si tiene una relación de al menos dos años de duración con un patrocinador que reúna las condiciones necesarias, puede optar a un permiso de residencia en Irlanda sobre la base de su relación de hecho.
Patrocinador elegible
Un patrocinador elegible se refiere a un nacional irlandés o del Reino Unido o a un nacional no perteneciente al EEE que resida legalmente en Irlanda con un permiso de residencia irlandés Sello 1, Sello 4 o Sello 5.
Al considerar una solicitud de permiso de pareja de hecho, la intención de la Dirección de Servicios de Inmigración (ISD) es permitir que continúen las relaciones genuinas de larga duración cuando la pareja ya vive junta y tiene una relación comprometida.
Este proceso permite a las parejas que ya conviven desde hace un mínimo de dos años, y en una relación comprometida, permanecer en Irlanda basándose únicamente en su relación.
Elegibilidad
Usted es un nacional del EEE que reside legalmente en el Estado
Tiene una relación con un ciudadano irlandés, británico o de fuera del EEE que reside legalmente en el Estado
Usted y su pareja tienen la intención de vivir juntos permanentemente en Irlanda
Si su pareja es un ciudadano no perteneciente al EEE, debe ser titular de un permiso de residencia irlandés con el Sello 1, el Sello 4 o el Sello 5 para poder ser patrocinador.
Si su pareja es un ciudadano no perteneciente al EEE y tiene un permiso de residencia irlandés de Sello 2 o Sello 3, no puede ser un patrocinador elegible
Debe estar en condiciones de aportar pruebas de una relación duradera con su pareja y pruebas de convivencia de al menos dos años en la fecha de la solicitud. La prueba de que usted y su pareja se han visitado tan a menudo como han podido durante este periodo de dos años no será suficiente por sí misma para demostrar una relación de hecho comprometida
Si vive con su pareja en el momento de la solicitud. Si no vive con su pareja, tiene que dar razones de peso para que se le conceda la solicitud
Su pareja reside en Irlanda y es autosuficiente. Ninguno de los dos debe recibir prestaciones sociales y ambos deben ser capaces de mantenerse económicamente a sí mismos y a las personas a su cargo sin recurrir a los fondos públicos
Usted y su pareja son de buen carácter y obedecen las leyes irlandesas
Está cubierto por un seguro médico privado.
No elegible
La DSI no aceptará solicitudes de permiso de pareja de hecho si se encuentra en Irlanda con un visado de visitante "C" o en virtud del programa irlandés de exención de visado de corta duración.
Cómo presentar una solicitud
Si eres titular de un permiso de inmigración válido y cumples con el requisito de 2 años de convivencia, debes completar lo siguiente:
Envíelo por correo certificado con toda la documentación requerida a la siguiente dirección.
Solicitud de pareja de hecho
División de Residencia Doméstica y Permisos
Prestación de Servicios de Inmigración
Apartado de correos 12695
Dublín 2, D02XK70
Tenga en cuenta que todas las declaraciones reglamentarias deben estar fechadas, firmadas y selladas. Lo siguiente folleto explicativo le ayudará a rellenar el formulario de solicitud. Los formularios de solicitud incompletos no serán aceptados y serán devueltos.
Si su solicitud es aprobada
Si su solicitud es aprobada, recibirá una carta de autorización de la DSI. A continuación, usted y su pareja deberán acudir a la oficina local de registro de inmigrantes para inscribirse. La correspondencia de la DSI contiene información sobre la inscripción y la renovación de la misma.
Si su solicitud es rechazada
Si su solicitud es rechazada, puede solicitar una revisión de la decisión hasta dos meses naturales después de la fecha de la decisión. La revisión tendrá en cuenta la información facilitada en su solicitud inicial junto con cualquier otra información que desee que se tenga en cuenta.
La revisión la llevará a cabo otro funcionario que no haya participado en el proceso de decisión inicial. Este proceso está abierto a cualquier solicitante que considere que tiene motivos para la revisión.
Preguntas frecuentes
No. Sin embargo, si decide utilizar un abogado o una agencia no gubernamental para su solicitud, debe escribir a Immigration Service Delivery y dar su consentimiento para que actúen en su nombre.
No. Si no tiene un permiso independiente que le permita trabajar en Irlanda, no tiene derecho a acceder a un empleo durante el proceso de solicitud.
Si la relación finaliza, el permiso concedido ya no es válido y debe ponerse inmediatamente en contacto con la sección de facto de la DSI, que evaluará su caso en función de sus méritos.
El permiso para estar en Irlanda se basa únicamente en la relación comprometida de larga duración con un nacional irlandés o un nacional del Reino Unido o con un nacional de fuera del EEE que resida legalmente en Irlanda con los permisos descritos anteriormente.
Si tiene hijos a su cargo que pretenden vivir con usted y su padrino en Irlanda, debe proporcionar junto con su solicitud
- Copias de los certificados de nacimiento y copias de los pasaportes de los niños
- Prueba de que usted es el tutor legal del niño
- Pruebas de que tiene la custodia y tutela exclusiva del niño o niños, o pruebas de que tiene el permiso de cualquier otro tutor o custodio para que el niño viva con usted en Irlanda
- Prueba de que usted y los hijos a su cargo están cubiertos por un seguro médico privado.
Las siguientes condiciones se aplicarán a su permiso de permanencia en el Estado:
- Que obedecerá las leyes del Estado
- Que no se involucrará en actividades delictivas
- Que hará todo lo posible por permanecer en el empleo y no ser una carga para el Estado
- Que va a residir continuamente en el Estado. Esto significa que vivirá en el Estado a tiempo completo durante el periodo de vigencia de su permiso de inmigración, tal y como indican los sellos de su pasaporte. Sin embargo, puede salir del Estado durante periodos cortos por motivos personales o laborales: por ejemplo, para ir de vacaciones, para atender una emergencia familiar o para llevar a cabo un compromiso comercial o laboral para un empleador irlandés.
No. Si se encuentra ilegalmente en el Estado en el momento de presentar la solicitud de hecho, no aceptaremos su solicitud. No aceptaremos su solicitud si es objeto de una notificación de intención de deportación emitida en virtud de la Ley de Inmigración de 1999 o si se le ha notificado una Orden de Deportación o una Orden de Expulsión de la UE.
No. No aceptaremos su solicitud si se encuentra en la corriente de asilo/protección en el momento de presentar la solicitud de hecho.
Si su pareja es de nacionalidad irlandesa, se le puede conceder un permiso de un año con el sello 4. Este sello 4 le exime de la necesidad de tener un permiso de trabajo o un permiso de negocios.
Si su pareja es un titular del Sello 1/Stamp 4 que ha pasado de ser titular de un Permiso de Empleo por Capacidades Críticas (CSEP) o de un Investigador en virtud de un Acuerdo de Acogida (HA), se le puede conceder un sello 1G de pareja de hecho. Este sello 1G (pareja de hecho de un titular de un CSEP/HA) le exime de la necesidad de tener un permiso de empleo.
Si su pareja es titular de un permiso de trabajo no nacional con un Sello 1, un Sello 4 o un Sello 5, se le puede conceder un Sello 3. Este Sello 3 no le permite trabajar en Irlanda. Si desea trabajar, debe solicitar un permiso de trabajo al Departamento de Empresa, Comercio y Empleo.
Al solicitar un permiso de trabajo dependiente en el Departamento de Empresa, Comercio y Empleo debe adjuntar la carta de autorización emitida por la DSI que confirma que su estatus migratorio se basa en su pareja de hecho.
Si su pareja es un ciudadano británico residente en Irlanda, se le puede conceder un permiso de un año con el sello 4D. Este sello 4D le exime de la necesidad de tener un permiso de trabajo o un permiso de negocios.
Las instrucciones para la renovación estarán contenidas en la carta que le enviemos.
Documento político
Su solicitud de pareja de hecho se examina de conformidad con las disposiciones establecidas en el documento normativo publicado sobre Reagrupación familiar de personas no pertenecientes al EEE y en la actualización del Documento normativo del INIS sobre reagrupación familiar no perteneciente al EEE (actualizado en junio de 2023).
Contacto con nosotros
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