Actualmente, la División de Residencia y Permisos Nacionales está recibiendo un volumen muy elevado de solicitudes de familiares a cargo. Como consecuencia de ello, se está produciendo un retraso en la tramitación de las solicitudes. Una vez recibidas las solicitudes y cargadas en nuestros sistemas, los solicitantes recibirán un acuse de recibo. Estamos haciendo todo lo posible para acusar recibo de las solicitudes lo antes posible.
En esta sección
Introducción
Si es usted nacional de un país no perteneciente al EEE y está a cargo de un familiar residente en Irlanda, puede optar a un permiso de residencia en Irlanda como familiar a cargo. Para ello, usted y su patrocinador deben vivir juntos en un mismo hogar en Irlanda. No se aceptan solicitudes de fuera de Irlanda.
El Servicio de Prestación de Servicios de Inmigración (ISD) toma decisiones caso por caso guiándose por los criterios establecidos en el documento político sobre la reagrupación familiar fuera del EEE.
¿Quién es dependiente de la familia?
La intención de los Servicios de Inmigración al considerar las solicitudes de dependencia familiar es permitir que los miembros de la familia residan juntos en Irlanda como parte de una unidad familiar.
Se le puede considerar dependiente de la familia si:
Tienes entre 16 y 18 años, o
Eres menor de 23 años y estás estudiando a tiempo completo
Su patrocinador es un ciudadano irlandés, o una persona casada con un ciudadano irlandés o un residente irlandés titular de un permiso de Sello 1, Sello 4 o Sello 5
Normalmente vives con tu padrino como miembro de una unidad familiar
Normalmente no viven separados o separados de forma permanente.
Elegibilidad
Para poder acogerse a este régimen, debe cumplir las siguientes condiciones:
Si necesita un visado para viajar a Irlanda, debe haber obtenido un visado D-Join Family irlandés antes de venir a Irlanda
Debes ser el familiar a cargo de un patrocinador, es decir, un ciudadano irlandés; una persona casada con un ciudadano irlandés; o una persona que vive en Irlanda con un Sello 1, 4 o 5
Si el miembro de su familia es titular de un permiso de residencia irlandés con el Sello 2 o el Sello 3, no puede ser apadrinado
Su familiar/patrocinador debe ser capaz de mantenerse a sí mismo y a las personas a su cargo sin ayuda de fondos públicos
Debe haber entrado legalmente en Irlanda. Si se encuentra ilegalmente en el Estado en el momento de presentar la solicitud, la rechazaremos
No aceptaremos su solicitud si es objeto de una notificación de intención de deportación (carta de 15 días en virtud del artículo 3 de la Ley de Inmigración de 1999) o de una orden de deportación o de cualquier otra exigencia de abandonar el Estado
Debes ser una persona de buen carácter y obedecer las leyes irlandesas.
Las siguientes categorías de personas pueden ser elegidas para apadrinar a un miembro de la familia, siempre que cumplan todos los criterios y tengan fondos suficientes para mantener a su familiar:
Investigadores con contrato de hospedaje
Estudiantes de doctorado acreditados en Irlanda
Programa de becas para estudiantes de otros países
Estudiantes de nivel 8 de licenciatura y superior que puedan demostrar su progreso académico.
Documentos necesarios
- Pasaporte del solicitante (incluido el visado familiar D)
- Pasaporte del patrocinador.
- Certificados de nacimiento completos con traducción certificada al inglés, si procede Certificado de adopción/orden de tutela legal, si procede
- Certificado de matrimonio si la solicitud se basa en que el solicitante es hijo a cargo de un progenitor casado con un ciudadano irlandés/no perteneciente al EEE o si la solicitud se basa en que es cónyuge a cargo de un ciudadano no perteneciente al EEE (Nota: una Declaración de Unión Estable no es un certificado de matrimonio)
- Facturas de servicios públicos a nombre de uno de los solicitantes o del patrocinador
- Prueba de residencia en una dirección compartida como parte de una unidad familiar en Irlanda o en otro país
- Prueba de los recursos financieros del patrocinador o de otro tipo de los que dispone
- Estados financieros de los 6 meses anteriores.
Si se alquila:
- Carta del propietario/agencia, contrato de alquiler, libro de alquiler o contrato de arrendamiento (con fecha)
- Cartas de registro de arrendamiento de la Junta de Arrendamientos Residenciales (con fecha)
- Prueba del pago del alquiler, por ejemplo, extractos bancarios (con fecha).
Si es propietario de una vivienda:
- Carta del proveedor de la hipoteca, de la autoridad local o de la Diputación Provincial (con fecha)
- Título o escritura (según corresponda)
- Facturas de servicios públicos a nombre del patrocinador, también
- Extractos bancarios que muestren los pagos de la hipoteca (con fecha).
Si el padrino está empleado
- Por favor, facilite los documentos justificativos de la actividad/empleo actual del patrocinador en el Estado
- Carta actual del empleador en la que se establecen las condiciones y el horario de trabajo y/o contrato de trabajo firmado
- Dos nóminas recientes y los datos del resumen de empleo de los 3 años anteriores (si procede)
- Pruebas de todas las finanzas disponibles para el solicitante y el patrocinador (es decir, 6 meses de extractos bancarios).
Si el patrocinador es un trabajador autónomo
- Evaluación de impuestos acordada por los Comisionados de Hacienda para el año fiscal anterior (si procede) o Carta de registro para la autoevaluación (Impuesto sobre la Renta) de los Comisionados de Hacienda
- Extractos bancarios de la empresa de los últimos 6 meses
- Extractos bancarios y/u otras pruebas de recursos financieros.
Si el patrocinador está estudiando
- Carta de la universidad/proveedor del curso que incluya la descripción del curso, la fecha de inicio y la fecha de finalización
- Prueba de seguro médico privado (para el patrocinador y el solicitante) Extractos bancarios y/u otras pruebas de recursos financieros.
Si el patrocinador está en paro involuntario
- Carta del Departamento de Protección Social con los detalles de las solicitudes de prestaciones
- Carta de la Oficina de Empleo reconociendo la inscripción como demandante de empleo
- Carta del empleador anterior en la que se exponen las circunstancias del fin del empleo
- Resumen de los datos de empleo de los dos últimos años de trabajo y P45 del último empleo.
Para tramitar una solicitud en su totalidad, necesitamos una prueba de la cobertura de un seguro médico privado (para el patrocinador y el solicitante no pertenecientes al EEE).
Cómo presentar una solicitud
Envíelo por correo certificado con toda la documentación requerida a la siguiente dirección.
Solicitud de familiar a cargo
División de Residencia Doméstica y Permisos
Prestación de Servicios de Inmigración
Apartado de correos 12695
Dublín 2, D02XK70
Los formularios de solicitud incompletos no serán aceptados y serán devueltos.
Si su solicitud es aprobada
Si se aprueba la solicitud, recibirá una carta del Servicio de Inmigración que le concederá el permiso para permanecer en Irlanda. A continuación, usted y su patrocinador deberán acudir a la oficina de inmigración de su localidad para registrar su permiso de residencia en el Estado. Los detalles relativos al registro y a la renovación del registro se proporcionarán con su carta de permiso.
Si su solicitud es rechazada
Puede solicitar una revisión de nuestra decisión tomada en virtud del documento de política de reagrupación familiar durante un máximo de dos meses naturales a partir de la fecha de la decisión. La revisión tendrá en cuenta la información facilitada en la solicitud inicial junto con cualquier otra información que desee que se tenga en cuenta.
La revisión también la llevará a cabo otro funcionario que no haya participado en el proceso de decisión inicial. Este proceso está abierto a cualquier solicitante que considere que tiene motivos para la revisión.
Preguntas frecuentes
La tramitación de las solicitudes tarda aproximadamente 6 meses.
No. Si no tiene un permiso independiente para trabajar en Irlanda, no tiene derecho a acceder a un empleo durante el proceso de solicitud. El proceso de solicitud no da derecho a trabajar sin un permiso de empleo expedido por el Departamento de Empresa, Comercio y Empleo.
Si su solicitud es aceptada, recibirá una carta de autorización del Servicio de Inmigración. Usted y su patrocinador deberán acudir a la oficina de registro de inmigración local para registrarse. La correspondencia emitida por el Servicio de Inmigración le proporcionará detalles sobre el registro y la renovación del mismo.
El tipo de permiso concedido a un solicitante seleccionado dependerá del estatus del patrocinador.
En el caso de que se conceda la solicitud, los siguientes tipos de permiso pueden concederse por un máximo de un año. Las instrucciones para la renovación estarán contenidas en la carta de permiso.
Patrocinador - Nacional irlandés/Cónyuge de un nacional irlandés
- Si el familiar que le patrocina es un ciudadano irlandés o el cónyuge de un ciudadano irlandés, se le puede conceder hasta un año con las condiciones del Sello 4. Esto le exime de la necesidad de tener un permiso de trabajo.
Patrocinador - Sello 1 (titular del Permiso General de Trabajo -GEP) o titular del Sello 4 o del Sello 5
- Si el miembro de la familia que le patrocina es un ciudadano de fuera del EEE que reside en Irlanda con las condiciones del Sello 1 (GEP), del Sello 4 o del Sello 5, se le puede conceder un permiso con las condiciones del Sello 3 durante un año o en consonancia con el permiso de su patrocinador. Este Sello 3 no le permite trabajar en Irlanda y no le permitirá solicitar un Permiso de Trabajo de Dependencia a menos que su patrocinador haya tenido previamente un Permiso de Trabajo. Si desea trabajar, tendrá que solicitar un permiso de trabajo al Ministerio de Empresa, Comercio y Empleo.
Patrocinador - Sello 1 (titular de un Permiso de Empleo por Capacidades Críticas - CSEP o un Investigador con un Acuerdo de Acogida)
- Si el miembro de la familia que le patrocina es un ciudadano de fuera del EEE residente en Irlanda con las condiciones del Sello 1 (CSEP), y usted está casado, se le puede conceder un permiso con las condiciones del Sello 1G durante un año o en consonancia con el permiso de su patrocinador. Este Sello 1G le permitirá trabajar en Irlanda sin necesidad de un permiso de trabajo.
- Si el miembro de la familia que le patrocina es un ciudadano de fuera del EEE residente en Irlanda con las condiciones del Sello 1 (CSEP), y usted es un menor de 18 años, se le puede conceder un permiso con las condiciones del Sello 3 durante un año o en consonancia con el permiso de su patrocinador. Este Sello 3 no le permitirá trabajar en Irlanda sin necesidad de un permiso de trabajo.
La solicitud de permiso para permanecer en Irlanda como miembro de una unidad familiar debe incluir los documentos enumerados anteriormente en el apartado Documentos necesarios. Su solicitud se examinará de acuerdo con las disposiciones establecidas en el documento de política de reagrupación familiar publicado.
Su permiso temporal para permanecer en el Estado se expedirá con la condición de que:
- Obedecerá las leyes del Estado
- No se involucrará en actividades delictivas
- Hará todo lo posible por conseguir un empleo y no ser una carga para el Estado
- Aceptar que la concesión de su permiso temporal de residencia no confiere ningún derecho ni expectativa legítima a ninguna otra persona, esté o no relacionada con usted, para entrar o permanecer en Irlanda
- Residirá de forma continuada en el Estado
- Usted acepta ser objeto de investigaciones para saber si ha respetado las leyes del Estado o ha sido condenado por algún delito y no ha estado involucrado en actividades delictivas.
Esto significa que debe vivir aquí a tiempo completo durante el periodo para el que se le concedió el permiso. Este periodo de residencia continua sólo puede interrumpirse por breves periodos de estancia fuera del Estado por los siguientes motivos: vacaciones, emergencias familiares o compromisos laborales derivados de negocios o empleos realizados dentro del Estado. Por lo general, los periodos de ausencia del Estado en un año natural, ya sea una sola ausencia o las ausencias acumuladas, no deben superar los 90 días).
Cambiar o no renovar el permiso
En caso de que llegue a conocimiento del Servicio de Inmigración información relevante para la concesión del permiso a usted, el Ministro podrá reconsiderar su situación en el Estado y podrá variar o decidir no renovar este permiso en base a la información:
Eso demuestra que no ha cumplido con estas condiciones
Que se refiera a su carácter o conducta (ya sea anterior o posterior a esta carta), incluidas las condenas penales
Eso indica que no se ha registrado como es debido
Eso indica que ha proporcionado información engañosa o inexacta al Ministro o a las demás autoridades del Estado.
Lo anterior no es una lista exhaustiva de los motivos por los que el Ministro puede modificar o decidir no renovar su permiso de estancia en el Estado.
Contacto con nosotros
Puede dirigir sus preguntas a [email protected]. Asegúrese de que su correo electrónico incluye su nombre, número de referencia y datos de contacto.