En esta sección
Introducción
El registro de los permisos de inmigración es la forma en que se registra el permiso de estancia en Irlanda, el tiempo que puede permanecer y lo que puede hacer legalmente mientras está aquí. Esto se representa a través de un "sello" de inmigración que se coloca en su pasaporte cuando se registra.
Tenga en cuenta que algunos permisos no pueden ser introducidos en su pasaporte, leer más aquí. Por favor, lea a continuación para obtener más información y lo que debe hacer para solicitar un cambio en su permiso de inmigración.
Cambio de circunstancias
Algunas personas pueden necesitar cambiar el tipo de permiso o sello de inmigración que tienen si sus circunstancias cambian. Si es titular de un permiso válido, representado por un Permiso de Residencia Irlandés (tarjeta IRP) actual, puede solicitar la ampliación o modificación de su permiso.
Por ejemplo, si ha sido titular de un Permiso de Empleo por Capacidades Críticas durante al menos dos años, puede solicitar otro tipo de permiso que le ofrezca mayores beneficios. Si su permiso está caducado, no puede solicitar su cambio. La presentación de una solicitud no prorroga su permiso actual, así que asegúrese de solicitarlo con tiempo suficiente si cumple los criterios.
Cada sello o permiso de inmigración requiere diferentes criterios y ofrece diferentes condiciones, por ejemplo, la posibilidad de estudiar o trabajar o jubilarse en Irlanda. Si sus circunstancias cambian mientras vive en Irlanda, esto puede repercutir en su permiso de inmigración y debe avisar al Servicio de Inmigración (ISD).
Lea más aquí sobre lo que debe hacer cuando sus circunstancias cambian.
Tenga en cuenta que, si está aquí con un permiso de visitante de hasta 90 días o si está aquí con una Autorización de Trabajo en Vacaciones (con el Sello 1), no se le permite cambiar su permiso. Está obligado a abandonar el Estado en el momento de la expiración de su permiso o antes. Podrá solicitar otro permiso desde fuera del Estado después de su salida.
Criterios para cambiar el permiso de inmigración
Cambio de estatus de inmigración desde el Sello 1
| Sello nuevo | Criterios para cambiar el permiso de inmigración y recibir un nuevo sello. |
|---|---|
| Sello 2 | Si desea cambiar su permiso actual para poder estudiar en Irlanda, puede solicitarlo en línea. Tendrás que subir algunos documentos para apoyar tu solicitud, incluyendo una carta de aceptación de la escuela/colegio, prueba de seguro médico privado y recursos financieros. Hay una lista completa de documentación disponible aquí. |
| Sello 1G | Si desea cambiar su permiso actual por el de dependiente de un residente irlandés, puede solicitarlo. en línea. Se entiende por persona a cargo el cónyuge, la pareja civil o los hijos a cargo (de entre 16 y 18 años). Puede encontrar más detalles aquí. Si ha mantenido una relación similar al matrimonio (de hecho) con un residente irlandés y ha convivido con esa persona durante al menos dos años, puede solicitar a la División de Residencia Nacional del ISD un cambio de estatus a un sello 1G. Detalles aquí. |
| Sello 4 | Si tiene permisos de trabajo, permisos de residencia y sellos de los cinco (5) años anteriores, puede solicitar en su oficina local de inmigración un Sello 4 por un año. Más información aquí. Si dispone de permisos de trabajo y permisos de residencia y sellos de los últimos 5 años, puede solicitar al ISD el Programa de Residencia de Larga Duración. Más información aquí. Si te conviertes en cónyuge o pareja civil de un ciudadano irlandés residente en el Estado, puedes solicitarlo. en línea. Detalles aquí. Nota: En algunas circunstancias, la Oficina de Registro puede remitir las solicitudes a la División de Residencia Nacional del ISD.
Si ha mantenido una relación similar al matrimonio (de hecho) con un ciudadano irlandés y ha convivido con esa persona durante al menos dos años, puede solicitar a la División de Residencia Nacional del ISD un cambio de estatus a Stamp 4. Detalles aquí. Si usted se convierte en padre o madre de un niño que es ciudadano irlandés, puede solicitar un cambio de estatus. Detalles aquí. |
| Sello 5 | Si tiene 96 meses de residencia computable (eso significa que ha tenido una serie de permisos que suman 96 meses en el Estado y que cuentan para el tiempo requerido para solicitar la ciudadanía) puede solicitar a la División de Residencia Doméstica un Sello 5. Detalles aquí. |
| Sello 6 | Si se le concede la nacionalidad, puede solicitar el sello 6 a la División de Residencia Doméstica. Detalles aquí. |
Cambio de estatus de inmigración desde el Sello 2
| Sello nuevo | Criterios para cambiar el permiso de inmigración y recibir un nuevo sello. |
|---|---|
| Sello 1 | Si el Departamento de Empresa, Comercio y Empleo le concede un permiso de trabajo, puede solicitar el Sello 1. Detalles aquí. |
| Sello 1G | Si desea registrarse como dependiente —ya sea como cónyuge, pareja civil o hijo dependiente (entre 16 y 18 años)— de un residente irlandés, puede solicitarlo. en línea. Detalles aquí. Si ha mantenido una relación similar al matrimonio (de hecho) con un residente irlandés y ha convivido con él durante al menos dos años, puede solicitar a la División de Residencia un cambio de estatus a Stamp 3. Detalles aquí. |
| Sello 4 | Si te conviertes en cónyuge o pareja civil de un ciudadano irlandés residente en el Estado, puedes solicitarlo. aquí. Detalles aquí. Nota: En algunas circunstancias, la Oficina de Registro puede remitir las solicitudes a la División de Residencia Nacional del ISD. Si ha mantenido una relación similar al matrimonio (de hecho) con un ciudadano irlandés y ha convivido con él durante al menos dos años, puede solicitar a la División de Residencia un cambio de estatus a Stamp 4. Detalles aquí. Si usted se convierte en padre o madre de un niño ciudadano irlandés, puede solicitarlo. en línea. Detalles aquí. Puede solicitar a la división de Residencia un permiso para permanecer en el Estado por ser hijo de un ciudadano irlandés, para personas no pertenecientes al EEE. |
| Sello 5 | No es posible desde el Sello 2 |
| Sello 6 | No es posible desde el Sello 2 |
Cambio de estatus de inmigración desde el Sello 3
| Sello nuevo | Criterios para cambiar el permiso de inmigración y recibir un nuevo sello. |
|---|---|
| Sello 1 | Si el Departamento de Empresa, Comercio y Empleo le ha expedido un permiso de trabajo, puede solicitar en línea. Más información aquí. |
| Sello 2 | Si desea registrarse como estudiante, puede solicitarlo en línea. Más información aquí. |
| Sello 4 | Si te conviertes en cónyuge o pareja civil de un ciudadano irlandés residente en el Estado, puedes solicitarlo. en línea. Detalles aquí. Nota: En algunas circunstancias, la Oficina de Registro puede remitir las solicitudes a la División de Residencia Nacional del ISD. Si ha mantenido una relación similar al matrimonio (de hecho) con un ciudadano irlandés y ha convivido con él durante al menos dos años, puede solicitar a la División de Residencia un cambio de estatus a Stamp 4. Detalles aquí. Si usted se convierte en padre o madre de un niño ciudadano irlandés, puede solicitarlo. en línea. Detalles aquí. Puede solicitar a la división de Residencia un permiso para permanecer en el Estado por ser hijo de un ciudadano irlandés, para personas no pertenecientes al EEE. Si usted ingresó originalmente al estado como dependiente de tus padres y tu progenitor ha adquirido posteriormente la ciudadanía irlandesa, es posible que tengas derecho a un permiso Stamp 4. Esto se aplica a cualquier hijo menor de 23 años (si cursa estudios a tiempo completo). Si actualmente tienes un permiso Stamp 3, puedes renovarlo por un permiso Stamp 4 a través de la Portal en línea del ISD. Debe acreditar la relación presentando el certificado de nacimiento del niño y el certificado de naturalización o el pasaporte irlandés del progenitor. Tenga en cuenta que la renovación del permiso conllevará el pago de una tasa de registro estándar. |
| Sello 5 | Si tiene 96 meses de residencia reconocida, puede solicitar el Sello 5 a la División de Residencia. Detalles aquí. |
| Sello 6 | Si se le concede la nacionalidad, puede solicitar el sello 6 a la División de Residencia. Detalles aquí. |
Cambio de estatus de inmigración desde el Sello 4
| Sello nuevo | Criterios para cambiar el permiso de inmigración y recibir un nuevo sello. |
|---|---|
| Sello 1 | No se aplica |
| Sello 2 | No se aplica |
| Sello 3 | No se aplica |
| Sello 5 | Si tiene 96 meses de residencia reconocida, puede solicitar el Sello 5 a la División de Residencia. Detalles aquí. |
| Sello 6 | Si se le concede la nacionalidad, puede solicitar el sello 6 a la División de Residencia. Detalles aquí. |