En esta sección
Introducción
Si desea realizar un voluntariado en Irlanda, puede hacerlo en una organización que reúna los requisitos necesarios durante un máximo de 2 años, con la posibilidad de un tercer año, siempre que se cumplan las condiciones que se indican a continuación.
Este régimen se aplica tanto a los nacionales que necesitan visado como a los que no lo necesitan. Debe solicitarlo antes de viajar a Irlanda. No solicite este régimen si su estancia prevista en Irlanda es inferior a 3 meses.
El sistema de permisos y solicitudes de inmigración descrito en esta página se basa en la Política de inmigración para el voluntariado en Irlanda publicada el 30 de abril de 2018 (actualizada en junio de 2023). El Departamento de Justicia se reserva el derecho de modificar o suspender esta política en cualquier momento. La información que figura a continuación tiene carácter meramente orientativo; en el documento de política Voluntariado en Irlanda se exponen todos los criterios pertinentes para optar a este programa.
¿Qué me permite hacer este Plan?
El permiso para permanecer en Irlanda como voluntario le permite trabajar en Irlanda en una función de voluntariado con una organización elegible durante un máximo de 2 años (con la opción de prorrogarlo por un tercer año), sujeto a las condiciones que se indican a continuación:
Trabajar como voluntario en una organización elegible
Su función debe coincidir con los criterios de voluntariado descritos a continuación
La organización debe cumplir los criterios de elegibilidad descritos a continuación
Estancia en Irlanda durante 1 año inicialmente, hasta 2 años (con opción a solicitar una prórroga de un tercer año)
Solicitar el cambio de organización para la que es voluntario una vez en un periodo de 12 meses
Viajar al extranjero durante periodos cortos (por ejemplo, vacaciones y asistencia a conferencias) y regresar a Irlanda.
El periodo de residencia inicial permitido en este régimen es de 1 año (12 meses) y el máximo es de 2 años (24 meses). Puede, por ejemplo, pasar 24 meses consecutivos en el Estado o dividir el periodo en dos lotes distintos de 12 meses cada uno, separados por tiempo.
¿Qué es lo que no me permite hacer este Esquema?
Con este permiso no se puede:
Realizar un trabajo remunerado de cualquier tipo
Traiga a cualquier miembro de su familia a Irlanda
Solicitar el cambio de estatus migratorio durante su estancia en el Estado
Cambiar de patrocinador más de una vez en cualquier período de permiso de 12 meses mientras se encuentre en el Estado bajo este Régimen
Depender de los servicios públicos o solicitar cualquier prestación estatal, por ejemplo: servicios sanitarios, educación
Pasar más de dos años de voluntariado agregado en el Estado.
Información sobre la solicitud
Para acogerse a este régimen, debe solicitar un visado o autorización previa antes de viajar a Irlanda.
Compruebe si está obligado a obtener un visado o no, utilizando nuestro travelpath.
Puede solicitar un visado de larga duración (D) o una autorización previa hasta 3 meses antes de la fecha de su viaje a Irlanda. Debe solicitar el visado o la autorización previa desde su país de origen o desde un país en el que sea residente legal. Es posible que se pida una prueba de residencia fuera del Estado, y el solicitante debe permanecer fuera del Estado mientras se tramita su solicitud.
Una carta de autorización previa y un visado le permiten viajar a Irlanda sólo para un fin determinado. No le dan permiso para entrar en el país ni para permanecer en él. Un funcionario de inmigración en el control fronterizo puede negarle la entrada aunque tenga una carta de autorización previa o un visado de larga duración.
Los nacionales que no necesiten visado solicitarán una carta de autorización previa
Los nacionales con visado deben solicitar un visado "D" de larga duración
A algunos nacionales con visado se les pedirá que proporcionen datos biométricos como parte de su solicitud.
Importante: Un funcionario de inmigración no le permitirá la entrada al Estado con el fin de ser voluntario en la frontera, y no se le registrará en el Estado a menos que pueda presentar la correspondiente carta de aprobación previa o un visado de voluntario "D" de larga duración.
Sus pasos de solicitud
Parte 1
Formulario de solicitud en línea
Parte 2
Organice sus documentos y pague la tasa
Parte 3
Envíe su formulario de solicitud
Parte 1: Formulario de solicitud
Rellene el formulario de solicitud en línea. Esto creará un formulario de resumen de la solicitud y una declaración al final que debe imprimirse, firmarse y fecharse.
Si es usted nacional con visado:
Deberá seleccionar el tipo de visado/preliminarización como "Larga estancia (D)".
Tipo de viaje como "múltiple
Y "Visa -Voluntario" como motivo del viaje en el enlace anterior.
Si es usted un nacional sin visado:
Deberá seleccionar el tipo de visado/preliminarización como "Larga estancia (D)".
Tipo de viaje como "individual
Y "Preclearance -Voluntario" como motivo del viaje en el enlace anterior.
Importante: No proporcione información falsa o engañosa en el formulario de solicitud. Si lo hace, no podrá presentar más solicitudes de visado/preliminares durante un periodo de hasta 5 años.
Parte 2: Organizar los documentos y pagar la tasa
Debe organizar sus documentos justificativos y pagar la tasa de solicitud de visado/preliminaridad. Las distintas oficinas aceptan las tasas de manera diferente. El formulario de solicitud resumido le indicará a qué oficina debe pagar la tasa.
Parte 3: Presentar su solicitud
Para completar el proceso, debe presentar su pasaporte y los documentos justificativos para su tramitación. El lugar de presentación de la solicitud depende de su lugar de residencia. El formulario de solicitud resumido le dirigirá a la oficina correspondiente. Es muy importante que envíe los documentos y la tasa a la oficina correcta en un plazo de 30 días a partir de la fecha de cumplimentación del formulario de solicitud en línea.
Orientación sobre los documentos justificativos
A continuación se detallan los requisitos de documentación, y los documentos presentados deben seguir estas normas o la solicitud puede ser rechazada. También debe leer toda la información en el sitio web de la Oficina a la que va a enviar su solicitud.
El funcionario encargado de los visados/despachos puede solicitar documentos adicionales/originales cuando lo considere necesario. La presentación de todos o algunos de los documentos o información solicitados no garantiza la concesión del visado/preautorización.
Es su responsabilidad convencernos de que se le conceda un visado/preliminaridad. No hay derecho a un visado/precertificación. Cuando se indique "prueba", exigiremos pruebas documentales. Los documentos deben ser originales, salvo que se indique lo contrario.
No envíe la documentación en memorias USB, tarjetas de memoria o CD ROM, ya que no se puede acceder a los documentos en estos dispositivos. Tampoco debe presentar la documentación en plataformas de intercambio de archivos como Drop Box o Sharefile. Sólo se aceptarán documentos en formato impreso.
Todas las cartas presentadas por una empresa, compañía u otra organización deben estar en papel oficial con membrete para que puedan ser verificadas, y mostrar la organización:
Dirección postal completa
Número de teléfono (fijo, no móvil)
Dirección de correo electrónico (no se aceptan direcciones de correo electrónico de Yahoo o Hotmail)
Nombre y cargo de la persona de contacto
Firma escrita de un representante autorizado (no se acepta la firma electrónica).
Debe esperar que se realicen comprobaciones de la información y los documentos que proporcione.
Los documentos deben estar traducidos y certificados. Debe proporcionar una traducción completa y certificada al inglés o al irlandés de cualquier documento que no esté en inglés o en irlandés. Envíenos tanto los documentos originales como las traducciones certificadas.
Lea una descripción más larga sobre cómo hacer una traducción jurada de un documento.
"Todos los documentos oficiales emitidos por el Estado, como certificados de nacimiento, certificados de matrimonio, certificados de defunción o certificados de divorcio, que hayan sido emitidos por un Estado que no pertenezca al EEE o a Suiza, deben ser compulsados o apostillados como auténticos por el Ministerio de Asuntos Exteriores del Estado que haya emitido el documento, para que puedan ser aceptados como prueba a efectos de visado irlandés. Dichos documentos deben ser traducidos al inglés o al irlandés, si es necesario. Las traducciones realizadas fuera del EEE o Suiza también deben ser certificadas/apostilladas como auténticas por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país en el que se realiza la traducción. Envíenos tanto los documentos originales como las traducciones certificadas. Las traducciones realizadas en el EEE o Suiza no necesitan ser certificadas por el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Todos los documentos oficiales emitidos por el Estado, como certificados de nacimiento, certificados de matrimonio, certificados de defunción o certificados de divorcio, que hayan sido emitidos por un Estado del EEE o de Suiza, no necesitan ser certificados como auténticos por los Estados miembros. No se requiere una traducción de estos documentos cuando se proporciona también un formulario estándar multilingüe (MSF). Estos formularios están disponibles en los Estados miembros previa solicitud. Si no se presenta un formulario estándar multilingüe, estos documentos deberán traducirse al inglés o al irlandés, si es necesario, para que puedan ser aceptados como prueba a efectos de visado irlandés. Las traducciones realizadas fuera del EEE o Suiza también deben ser certificadas/apostilladas como auténticas por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país en el que se realiza la traducción. Las traducciones realizadas en el EEE o Suiza no necesitan ser certificadas por el Ministerio de Asuntos Exteriores. También aceptaremos el extracto de un certificado de matrimonio europeo, expedido de conformidad con el "Convenio sobre la expedición de extractos multilingües de actas del estado civil", como prueba de un matrimonio en el EEE o Suiza. Envíenos tanto los documentos originales como las traducciones juradas".
Documentos necesarios
Formulario de resumen de la solicitud
Prueba del pago de la tasa
Tasa de autorización previa
6 meses de extractos bancarios
Cualificaciones/ Experiencia laboral
Información sobre su familia
Otros requisitos (si procede)
Debe imprimir el formulario de solicitud resumido desde su solicitud en línea. Contiene una declaración que debe ser firmada y fechada por el solicitante. Si la persona que solicita el visado/la autorización previa es menor de 18 años, su padre, madre o tutor legal debe firmar el formulario.
Información sobre fotografías incluidas algunas normas sobre lo que se debe y no se debe hacer.
- Debe presentar su pasaporte actual junto con la solicitud de visado/preliminaridad
- Para los visados de corta duración (hasta 90 días), su pasaporte actual debe tener una validez de 6 meses después de la fecha en la que tiene previsto salir de Irlanda
- En el caso de los visados de larga duración (más de 90 días), debe ser válido durante al menos 12 meses a partir de la fecha de entrada propuesta
- Para la autorización previa (más de 90 días) debe ser válida durante al menos 12 meses a partir de la fecha de entrada propuesta
- Si ha sido titular de pasaportes anteriores, deberá presentar también una copia en color de buena calidad de todas las páginas de estos pasaportes, incluidas las páginas en blanco
- Si no puede proporcionar copias de sus pasaportes anteriores, deberá presentar una explicación por escrito junto con los informes policiales pertinentes para su consideración
- Si ha cambiado de nombre en el pasado, por ejemplo, por matrimonio o por cualquier otro motivo, debe proporcionarnos todos los detalles.
En primer lugar, debe leer la información sobre tasas de visado/tasa de autorización previa. Algunos solicitantes no tienen que pagar la tasa de solicitud. Por favor, adjunte a su solicitud una prueba de que ha abonado la tasa de solicitud, por ejemplo, una copia del recibo de transferencia de su banco.
Las tasas de los visados son:
- Entrada individual 60 euros
- Entrada múltiple 100 euros
- Tránsito: 25 euros.
La tasa de visado es una tasa administrativa no reembolsable que cubre el coste de la tramitación de su solicitud. Esta tasa no puede ser reembolsada aunque su solicitud sea rechazada o retirada.
Es posible que tenga que pagar tasas adicionales por la presentación de sus documentos. En el sitio web de la Oficina a la que debe presentar sus documentos encontrará información detallada sobre las tasas adicionales y cualquier opción de pago local. Los datos de la oficina correspondiente estarán a su disposición una vez que haya completado la solicitud en línea.
Se aplica una tasa no reembolsable de 60 euros a la preclearance, que debe abonarse en su totalidad en el momento de la solicitud de preclearance. La tasa de autorización previa es una tasa administrativa no reembolsable que cubre el coste de la tramitación de su solicitud. Esta tasa no puede ser reembolsada aunque su solicitud sea rechazada o retirada.
Junto con su solicitud de autorización previa o de visado, debe presentar un justificante de seguro médico que cumpla los criterios que se indican a continuación:
- Debe estar cubierto por un seguro médico privado, de una compañía autorizada por la Autoridad del seguro médico mientras dure su estancia en el Estado
- Tu patrocinador puede incluirte en su seguro de grupo
- El seguro de viaje puede ser suficiente, pero sólo durante el primer año de su estancia, siempre que le cubra:
- Durante todo el periodo anterior a la contratación del seguro médico privado
- Un mínimo de 25.000 euros por accidente y 25.000 euros por enfermedad
- Para cualquier periodo de hospitalización
- Además, es aconsejable que los solicitantes dispongan de un seguro que cubra la repatriación en caso de enfermedad grave o imprevistos.
Los extractos bancarios deben estar al día y estar en papel membretado del banco. (Puede utilizar un extracto impreso en Internet, pero debe estar certificado oficialmente por su banco. Esto significa que cada página debe estar certificada por el banco y el extracto debe ir acompañado de una carta del banco. No aceptaremos extractos de internet sin certificar)
Deben demostrarlo:
- El nombre completo del propietario de la cuenta
- Dirección
- El número de cuenta bancaria y el tipo de cuenta
- Dinero ingresado y retirado de la cuenta durante los últimos seis (6) meses inmediatamente anteriores a la solicitud, (ingresos y gastos)
- Si también envía un extracto bancario de una cuenta de depósito/ahorro, debe incluir una carta de su banco que confirme que puede sacar dinero de esa cuenta.
Su carta de solicitud debe incluir lo siguiente:
- Su nombre completo, dirección postal y número de solicitud
- El motivo de su viaje a Irlanda
- Cuánto tiempo tiene previsto quedarse
- Una descripción del tipo de trabajo de voluntariado que pretende aceptar en Irlanda y los lugares en los que se llevará a cabo. Debe decirnos qué hará en cada lugar
- Detalles de sus cualificaciones y su historial de trabajo/voluntariado anterior y cómo está cualificado para realizar este trabajo
- La fecha en la que empezó a vivir en su dirección actual, y cualquier otra dirección en la que haya residido en los últimos 3 años, incluyendo la cantidad de tiempo en cada lugar
- Deberá facilitar los datos de los pasaportes que posea emitidos por cualquier otro país que no sea el de la nacionalidad que solicita
- Datos de los miembros de su familia que residen en Irlanda o en cualquier otro Estado de la UE/EEE y el Reino Unido. (Su nombre, nacionalidad, fecha de nacimiento, relación con usted y número de registro en Irlanda, si procede).
- Que obedecerá las condiciones de cualquier permiso que se le conceda y no dependerá de los fondos o recursos del Estado mientras esté en Irlanda.
- Debe aportar pruebas del lugar donde se alojará en Irlanda. Si el alojamiento lo proporciona tu patrocinador, éste debe proporcionar todos los detalles del tipo de alojamiento en el que te vas a alojar.
- Si está buscando alojamiento, debe decirnos cómo lo hará, cómo lo pagará y dónde se quedará mientras busca alojamiento
Deberá acreditar sus cualificaciones y/o su experiencia laboral o de voluntariado:
- Deben suministrarse copias claras en color de los títulos
- Deben presentarse cartas de empleadores anteriores con detalles sobre el cargo, las funciones y las fechas de empleo/voluntariado
- Un currículum vitae no se considera una prueba de la experiencia laboral/voluntaria.
Si está casado o es pareja de hecho o tiene hijos, debe proporcionarlos:
- Pruebas de su ubicación actual
- Si tienen intención de viajar a Irlanda
- Certificados de nacimiento/matrimonio/pareja civil.
Debe presentar un certificado de antecedentes policiales (de no más de tres meses de antigüedad que incluya también una comprobación de los antecedentes penales) de su país de residencia actual y de cualquier país en el que haya residido, en los 3 años anteriores a su solicitud.
Debe ser expedido por el cuerpo de policía de ese país y debe incluir una comprobación completa de los registros nacionales y locales de ese país. No se aceptarán comprobaciones de antecedentes penales realizadas por empresas privadas.
- Datos biométricos (nacionales con visado obligatorio)
- Si reside en un país distinto al que emitió su pasaporte o documento de viaje, debe presentar una copia a todo color de su permiso de residencia (si tiene una tarjeta de residencia, debe fotocopiar ambas caras).
Documentación sobre denegaciones de visado anteriores, otros problemas de inmigración (incluida la deportación, la permanencia en el país) y condenas penales.
Si se le ha denegado un visado/preliminar en el pasado para cualquier país, debe proporcionarnos los detalles, esto se aplica a todas las solicitudes de visado/preliminar. Deberá adjuntar a su solicitud el original de la carta emitida por las autoridades de ese país.
Deberá adjuntar a su solicitud la documentación original expedida por las autoridades de ese país y una explicación completa para que se le tenga en cuenta si la tiene:
- Haber sido deportado de cualquier país
- Se le ha denegado la entrada a cualquier país
- Haber sido obligado a salir de cualquier país (incluida la sobreestadía en cualquier país).
Debe presentar documentación oficial de cualquier condena penal o cargos penales pendientes. Si no lo hace, su solicitud será rechazada. Si no se comunica esta información, en su caso, se denegará la solicitud.
Documentos requeridos a su patrocinador
Investigación de la Garda
Su patrocinador tendrá que confirmar que ha obtenido la investigación de la Garda Síochána para usted si va a trabajar en una función que implique a niños y/o adultos vulnerables. Deberá presentar un certificado de verificación de la Garda como parte de su solicitud.
Si no se presenta la verificación de antecedentes de la Garda, la organización patrocinadora deberá comprometerse claramente por escrito, en la carta de patrocinio que acompaña a la solicitud, a que usted no tendrá ninguna relación con niños o adultos vulnerables durante su trabajo en Irlanda.
Viajar y llegar a Irlanda
Si su solicitud es aprobada, compruebe que todos los datos que figuran en la carta de visado/precertificación son correctos cuando reciba su carta de visado/precertificación. Si tiene alguna pregunta en relación con los requisitos y/o las limitaciones de la etiqueta de visado/carta de autorización, póngase en contacto con la oficina de visados/preliminares que tramitó su solicitud.
Las fechas de validez que aparecen en la etiqueta de visado/carta de autorización previa indican las fechas entre las que puede viajar a Irlanda. El visado/carta de autorización previa debe presentarse a un funcionario de inmigración en un puerto de entrada entre esas fechas. Después de la fecha de finalización, la carta de visado/permiso de residencia ya no es válida y deberá solicitar otro visado/permiso de residencia.
En el puerto de entrada deberá llevar, por ejemplo, su carta de invitación / reserva de alojamiento / carta de aceptación de la escuela y/o otros documentos pertinentes, incluido el seguro médico, en su equipaje de mano para presentarlos a un funcionario de inmigración.
Importante: La carta de visado/preclearance no le permite entrar en Irlanda. No le permite vivir en Irlanda. Cuando llegue a un puerto de Irlanda, un funcionario de inmigración puede concederle o denegarle el permiso de entrada en Irlanda.
Decisiones sobre el recurso de visado
Si su recurso tiene éxito
Le enviaremos una notificación indicando que la decisión original sobre el visado ha sido revocada. La notificación también le explicará qué debe hacer a continuación para obtener su visado. A continuación, se le devolverá la documentación por correo o se organizará su recogida, tal y como se explica en la sección "¿Cómo puedo recuperar mi pasaporte y mi documentación?en la sección de preguntas frecuentes.
Si su recurso no prospera
Le enviaremos otra "carta de denegación" indicando que la decisión original sobre el visado sigue vigente y que su recurso ha sido rechazado. A continuación, se le devolverá la documentación por correo o se organizará su recogida, tal y como se explica en la sección "¿Cómo puedo recuperar mi pasaporte y mi documentación?en la sección de preguntas frecuentes.
Decisiones de recurso previo a la autorización
Si su recurso tiene éxito
Si su apelación tiene éxito, se le expedirá una carta de autorización previa. Su carta de autorización previa es un documento importante y debe ser tratado como tal.
Control de fronteras (Tenga en cuenta que todos los ciudadanos no pertenecientes al EEE están sujetos a las disposiciones de la Ley de Inmigración de 2004)
Y, si se le concede la entrada en Irlanda, para el Registro de Inmigración (prorrogar su permiso de permanencia).
La carta de autorización previa es válida durante 6 meses. Si no la utiliza dentro de este periodo de validez (para llegar al control fronterizo), deberá reiniciar el proceso de solicitud y presentar una nueva solicitud.
Si su recurso no prospera
Si la decisión se mantiene en la apelación, recibirá una carta o un correo electrónico con los motivos de la denegación.
Nota: No se puede volver a apelar una decisión de visado/preliminarización. Solo se permite un recurso por solicitud.
Sin embargo, puede presentar y pagar (si procede) una nueva solicitud de visado/preliminaridad si lo desea.
Preguntas frecuentes
Puede solicitar este régimen si:
- Tienen 18 años o más
- No es ciudadano de la UE/EEE ni de Suiza
- Haber recibido una oferta de voluntariado de una organización elegible
- Puede ser apoyado económicamente durante toda su estancia por la organización que le invita a Irlanda
- Está cualificado y es capaz de realizar las actividades que se esperan de usted
- Tienen buena reputación y solvencia, por ejemplo, presentan un certificado de antecedentes penales o su equivalente que no tenga más de 3 meses de antigüedad
- Estar habilitado para trabajar con niños y adultos vulnerables (si es necesario para su función), por ejemplo, puede presentar un certificado de habilitación para niños de la An Garda Síochána (policía irlandesa). Su patrocinador puede obtenerlo antes de su llegada a Irlanda.
- Tener un seguro médico de una compañía autorizada por la Autoridad de Seguros de Salud de Irlanda que le cubra durante su estancia.
El trabajo que realice como voluntario debe ser una actividad estructurada que se lleve a cabo en un sector aprobado, incluyendo (pero sin limitarse a):
- Arte, patrimonio y cultura
- Educación extraescolar y servicios para jóvenes
- Actividades de apoyo religioso y confesional
- Servicios de apoyo a la salud
- Deporte y recreación física
- La asistencia social y el trabajo por el bien de la comunidad, sin beneficio económico para ti, y en beneficio de la sociedad, a la vez que te aporta beneficios como voluntario.
Debe ser invitado a Irlanda por una organización elegible. Una organización elegible puede ser:
- Una entidad no gubernamental, sin ánimo de lucro, voluntaria o benéfica que ya esté establecida y activa en el Estado y que esté inscrita en el Registro Público de Entidades Benéficas del Regulador de Entidades Benéficas o
- Una organización deportiva ya establecida y activa en el Estado y cuyo órgano rector nacional está reconocido por Deporte de Irlanda.
La organización elegible que te invita a Irlanda es tu "patrocinador". Su patrocinador tiene importantes obligaciones y es responsable de usted en varios aspectos. El patrocinio también significa que la organización elegible se compromete:
- Cooperar con las autoridades de inmigración para garantizar que el voluntario abandone el Estado al expirar su permiso o
- Retirar el apadrinamiento si las autoridades de inmigración se lo indican.
La falta de cooperación con las autoridades de inmigración a este respecto repercutirá en el futuro patrocinio por parte de esa organización elegible. Antes de presentar su solicitud, su patrocinador debe enviarle una carta de patrocinio y documentos justificativos. Deberá presentar estos documentos como parte de su solicitud.
Nota: No se le concederá el permiso si no tiene el patrocinio de una organización elegible, o si está patrocinado por una organización que no cumple los criterios anteriores.
Después de recibir su solicitud y sus documentos, comprobaremos que los tiene:
- Ha seleccionado el motivo correcto del viaje en su formulario de solicitud
- Documentación justificativa adjunta
- Ha pagado la tasa de solicitud.
Por lo general, las solicitudes se tramitan en el orden en que se reciben. Tenga en cuenta que el solicitante es responsable de proporcionarnos la documentación pertinente y de convencer al funcionario encargado de la tramitación de que el visado o la autorización previa solicitados deben ser concedidos.
Los datos actuales plazos de tramitación de los visados y de la autorización previa se actualizan cada martes.
Nacionales sin necesidad de visado:
Le notificaremos si su solicitud es aprobada y le enviaremos una carta de autorización previa. Es importante que compruebe los datos que figuran en esta carta por si hay algún error. Su carta de autorización previa es un documento importante. La necesitará para presentarla a un funcionario de inmigración en el control fronterizo y, si se le concede la entrada, para el registro de inmigración.
La carta de autorización previa tiene una validez de 6 meses. Si no la utiliza para viajar a Irlanda dentro del periodo de validez que figura en la carta, deberá reiniciar el proceso y presentar una nueva solicitud. No viaje a Irlanda con una carta de autorización previa caducada.
También se recomienda que lleve consigo una prueba clara de la cobertura de su seguro médico cuando llegue a la frontera.
Ciudadanos con necesidad de visado:
Le notificaremos si su solicitud es aprobada y la oficina correspondiente le colocará un visado D de larga duración (voluntario) en su pasaporte. Lo necesitarás para viajar a Irlanda. Lo necesitará para mostrarlo a un funcionario de inmigración en el control fronterizo y, si se le concede la entrada, para el registro de inmigración.
Es importante que compruebe que su visado no tiene errores. Su visado tendrá una validez de 6 meses. Si no utiliza su visado durante el periodo de validez, deberá presentar una nueva solicitud desde el principio. No se le permitirá viajar a Irlanda si su visado no es válido.
También se recomienda que lleve consigo una prueba clara de la cobertura de su seguro médico cuando llegue a la frontera.
Si le conceden un visado de larga duración o una carta de autorización previa y va a permanecer en Irlanda más de 90 días, deberá registrarse en las autoridades de inmigración. El funcionario de inmigración le dará una fecha límite para registrarse. Si no se registra antes de esa fecha, tendrá que abandonar Irlanda.
Una persona que desee emprender una actividad diferente en Irlanda de aquella para la que se le concedió su visado/permiso de residencia debe abandonar el Estado y solicitar un nuevo visado/permiso de residencia. Por ejemplo, si viene a Irlanda para pasar unas vacaciones, no puede trabajar en Irlanda. Para ello, primero debe abandonar el Estado.
El solicitante no puede regresar a Irlanda mientras espera una decisión sobre su nueva solicitud y cualquier carta de visado/preliminar emitida anteriormente será cancelada mientras se examina la nueva solicitud. La persona que permanezca en el Estado más tiempo del permitido por el funcionario de inmigración en el aeropuerto u otro puerto de entrada puede ser objeto de enjuiciamiento y/o de deportación.
Le notificaremos por carta si su solicitud es rechazada. En la carta se expondrán los motivos por los que se ha denegado su solicitud. La carta de denegación también le indicará si puede recurrir la decisión. En algunos casos no se le permitirá recurrir (por ejemplo, si proporciona información falsa o engañosa en su solicitud).
También se le puede impedir presentar otra solicitud de visado/preliminaridad irlandesa durante un máximo de cinco años. Si recibe una carta de denegación, en ella se indicará claramente si tiene derecho a recurrir o no. El proceso de apelación es gratuito.
Puede solicitar una apelación de esta decisión respondiendo a los motivos de la denegación con documentos adicionales si es necesario. Este recurso debe recibirse en un plazo de 8 semanas a partir de la fecha de la carta de denegación. El recurso debe presentarse por escrito, indicando todos los motivos de la denegación. No se tramitarán los recursos recibidos por correo electrónico o fax.
Escriba a máquina o por escrito una "carta de apelación" en la que indique que desea apelar una decisión sobre el visado o la autorización previa. La carta debe incluir su:
- Nombre completo
- Dirección postal
- Dirección de correo electrónico personal
- Número de transacción de la solicitud de visado/reclutamiento.
En la carta explique detalladamente por qué cree que la decisión debe modificarse.
Debe referirse a los motivos por los que se denegó la solicitud (tal y como figuran en la carta de denegación). Añada cualquier información nueva que considere importante.
Firme y feche la carta e inclúyala con su recurso.
Otros documentos necesarios
Incluya cualquier otro documento que considere importante para su recurso. Todos los documentos que presente deben seguir las normas indicadas a continuación, de lo contrario no podrán ser tenidos en cuenta.
Si no puede presentar uno de los documentos solicitados a continuación, deberá dar una explicación de por qué no puede presentarlo, así como cualquier otro documento para que lo tenga en cuenta el funcionario encargado de la tramitación de visados/despachos.
Pasaporte
En la carta de denegación se le indicará si debe adjuntar su pasaporte original al recurso. No incluya su pasaporte a menos que se le indique en la carta de denegación.
Siga estos pasos para apelar una decisión para su hijo o si ha sido autorizado a apelar en nombre de otra persona. No hay restricciones en cuanto al número de solicitantes de visado/preliminares a los que puede recurrir.
Si recurre por dos o más personas, debe incluir una "carta de autorización" y una "carta de recurso" por separado para cada persona (como se describe a continuación).
Solicitudes de visado/reclutamiento dirigidas a la oficina de visados de Dublín
Si su solicitud fue enviada directamente a la oficina de visados/preclearance en Dublín, deberá:
- Proporcionar una dirección postal irlandesa o británica, que puede ser la de un amigo o un familiar (tenga en cuenta que los pasaportes se envían por correo certificado sólo a direcciones en Irlanda o el Reino Unido); o
- Organice la recogida por parte de una empresa de mensajería (a su cargo) de:
Oficina de visados y trámites
6-7 Hanover Street
Dublín 2 D02 W320
Irlanda
Una empresa de mensajería puede solicitar un número de teléfono de contacto del Servicio de Inmigración irlandés. El número que debe utilizarse es +353 1 616 7700. La empresa de mensajería debe facilitar su nombre completo y número de transacción de visado o autorización previa cuando venga a nuestra oficina a recoger los documentos en su nombre.
Puede optar a una prórroga de un año de su permiso de voluntariado. Su solicitud de prórroga debe ser para continuar con su patrocinador actual y sólo se considerará si su patrocinador puede demostrar una verdadera necesidad de su servicio continuo.
Pide a tu padrino que te escriba una nueva carta de apadrinamiento en la que explique por qué quiere que te quedes y que incluya el justificante del pago de la tasa de solicitud de 50 euros. Esta cantidad sólo puede pagarse por transferencia electrónica de fondos (EFT). Consulta los detalles de cómo realizar este pago en el documento que aparece a continuación.
Instrucciones de pago de la solicitud de renovación - Voluntarios
Envíe la nueva carta de apadrinamiento más una copia completa del pasaporte, un comprobante de domicilio, una prueba de finanzas y un seguro médico privado por correo postal a
Sección de Voluntarios
Unidad C - División de Residencia Doméstica y Permisos
Prestación de Servicios de Inmigración
Departamento de Justicia
13-14 Burgh Quay
Dublín 2, DO2 XK70
Irlanda
Para cambiar a otro puesto de voluntario en una organización diferente, debes:
- Pide a tu nuevo patrocinador que te escriba una nueva carta de patrocinio explicando por qué requiere tus servicios
- Incluya el comprobante de pago de la tasa de solicitud de 50 euros. Este pago sólo puede realizarse mediante Transferencia Electrónica de Fondos (TEF). Consulte los detalles de cómo realizar este pago en el documento que aparece a continuación.
Instrucciones de pago de la solicitud de renovación - Voluntarios
Envíe la nueva carta de apadrinamiento más una copia completa del pasaporte, un comprobante de domicilio, una prueba de finanzas y un seguro médico privado por correo postal a
Sección de Voluntarios
Unidad C - División de Residencia Doméstica y Permisos
Prestación de Servicios de Inmigración
Departamento de Justicia
13-14 Burgh Quay
Dublín 2, D02 XK70
Irlanda
No obtendrá más permiso por cambiar de patrocinador o volver a presentarse como voluntario.
Para recurrir una decisión de visado/preliminaridad en nombre de otra persona, pídale que escriba a máquina o por escrito una "carta de autorización" que contenga la información que figura a continuación. (No necesita una carta de autorización para recurrir en nombre de su hijo si es menor de 18 años).
En la carta debe constar que el solicitante original del visado o autorización de residencia le autoriza a actuar en su nombre para todos los asuntos y la correspondencia relacionados con el recurso de su decisión de visado o autorización de residencia.
La carta debe incluir el original del solicitante del visado/preliminar:
- Nombre completo
- Dirección postal
- Número de transacción de la solicitud de visado/preclearance, es decir, de la solicitud de visado/preclearance a su nombre.
La carta también debe incluir su (de la persona autorizada):
- Nombre completo
- Dirección postal
- Fecha de nacimiento (debe ser mayor de 18 años).
El solicitante del visado o de la autorización debe firmar y fechar la carta. Debe incluir la carta de autorización original con el recurso de visado.
Escriba a máquina o por escrito una "carta de apelación" en la que indique que usted (es decir, la persona autorizada o el padre) desea apelar una decisión de visado o autorización previa en nombre de otro solicitante.
La carta debe incluir el original del solicitante del visado/preliminar:
- Nombre completo
- Dirección postal
- Dirección de correo electrónico personal, si se dispone de ella (no la incluya para los menores de 18 años)
- Número de transacción de la solicitud de visado/reclutamiento de la solicitud que desea recurrir.
La carta también debe incluir su:
- Nombre completo
- Dirección postal
- Dirección de correo electrónico personal
- Relación con el solicitante original del visado/preliminar, por ejemplo, padre, patrocinador del visado, familia, amigo, abogado o representante legal.
En la carta explique detalladamente por qué cree que debe modificarse la decisión.
Al hacerlo, debe referirse a las razones por las que se denegó la solicitud (tal como se indica en la carta de denegación). Añada cualquier información nueva que considere importante. Firme y feche la carta y adjúntela al recurso.
Incluya cualquier otro documento que considere importante para el recurso. Todos los documentos que presente deben seguir las normas de los documentos para todas las solicitudes de visado/preliminares, de lo contrario no podrán ser considerados.
Usted (la persona autorizada o el padre o la madre) debe adjuntar al recurso una fotocopia en color de la página de la fotografía de su pasaporte o documento nacional de identidad. En algunos casos, es posible que tenga que incluir el pasaporte original del solicitante de visado o autorización previa con el recurso.
La carta de denegación le indicará si debe incluir el pasaporte. No incluya el pasaporte a menos que se le indique en la carta de denegación.
Ponga todo en un sobre acolchado resistente y envíelo al "Visa Appeals Officer" o al "Preclearance Appeals Officer" a la dirección de la oficina que figura en la carta de denegación.
Si envía llamamientos para más de una persona a la misma dirección, puede enviarlos juntos. Para enviarlas juntas:
- Coloque los documentos de solicitud de cada persona en sobres separados
- Escriba el nombre y el número de transacción de la solicitud de visado/despacho de cada persona en cada sobre
- Coloque cada sobre en un sobre más grande y envíelo a la dirección de la oficina.
Debe presentar los recursos únicamente por correo. No podemos aceptar faxes ni correos electrónicos. Asegúrese de pagar el franqueo correcto para los paquetes grandes
Tramitamos los recursos de visado/preliminares en el orden en que los recibimos. Nos esforzamos por tramitar los recursos lo antes posible y comunicamos al solicitante el resultado cuando se toma la decisión.
Los plazos de tramitación pueden variar de una oficina a otra y también pueden variar a lo largo del año, por ejemplo, durante los periodos de máxima actividad. Podemos tardar más tiempo en tramitar el recurso si tenemos que hacer una evaluación detallada de los derechos de la familia según la Constitución de Irlanda o el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Si su recurso se está tramitando en la oficina de visados/preclearance de Dublín, puede visitar la siguiente página, que actualizamos todos los martes, para mantenerse al día sobre los plazos de tramitación actuales.