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Introducción
Un nacional de un país no perteneciente al EEE que resida legalmente y tenga un empleo legal en otro Estado miembro de la UE puede ser autorizado a trabajar temporalmente para ese empleador en el Estado sin necesidad de obtener un permiso de trabajo. Puede solicitar un visado de trabajo, denominado visado Van der Elst, si cumple estas y otras condiciones.
Transferencia de trabajo de Van der Elst dentro de la UE/EEE y Suiza
El proceso Van der Elst se deriva de una sentencia de 1994 del Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas relativa al derecho de una empresa de la UE a prestar servicios dentro de la UE. Por lo general, permite a un nacional de un país no perteneciente al EEE que esté contratado legalmente por una empresa de un país de la UE prestar servicios temporalmente a una empresa de otro país de la UE en nombre de su empleador sin necesidad de obtener un permiso de trabajo. Véase también: http://eur-lex.europa.eu/
En 2006 se dictó otra sentencia (asunto C-244/04) relativa a la necesidad de que el trabajador no perteneciente al EEE tenga un historial laboral de una duración determinada con su empleador. Los doce meses que imponían algunos países se consideraron desproporcionados. Sin embargo, como el Tribunal no sugirió qué periodo de empleo podría ser aceptable, no se exige un periodo mínimo antes de destinar a un empleado al Estado para que preste un servicio durante un periodo limitado. Véase también: http://curia.europa.eu/juris/
En general, "temporal" significa que un empleado debe ser requerido en el país de la UE de acogida sólo a corto plazo. El contrato debe ser específico en cuanto a su duración y no debe ser de tal duración que la persona pierda los derechos de residencia en el país de la UE de origen o se convierta en parte integrante de la mano de obra del país de la UE de acogida.
Condiciones
Cómo solicitarlo
Las personas que necesiten un visado de entrada al Estado deben solicitarlo utilizando el formulario de solicitud de visado. Al introducir el tipo de visado requerido, elija "otros" en el menú desplegable e introduzca "Van Der Elst" en la casilla de texto.
Documentos necesarios
La documentación que se detalla a continuación debe ser aportada en apoyo de la solicitud. En el puerto de entrada, todas las personas deben tener disponible lo siguiente para su inspección:
Todas las personas que permanezcan en el Estado durante más de 90 días deberán registrarse en la Oficina Nacional de Inmigración de la Garda y pagar la tasa de registro correspondiente. Todas las personas que deseen entrar en el Estado estarán sujetas a los procedimientos habituales de inmigración en el puerto de entrada. La autorización de entrada en el Estado queda a discreción del funcionario de inmigración.
No es elegible
Las siguientes personas no pueden optar a este visado:
Diciembre de 2015