En esta sección
Introducción
A partir del lunes 31 de marzo de 2025, los residentes en Sudáfrica deberán presentar los recursos de visado en un Centro de Solicitud de Visados (VAC). Siga las instrucciones que se indican a continuación.
Sobre los recursos de visado
Quién puede recurrir una decisión
Si tiene 18 años o más, puede recurrir la decisión sobre su propio visado.
Si es menor de 18 años, el recurso debe ser presentado por su padre, madre o tutor legal.
Recurrir la decisión sobre el visado
Siga estos pasos para recurrir la decisión sobre su visado.
(1) Carta de apelación
Escriba a máquina o por escrito una carta de apelación en la que indique que desea apelar una decisión de visado. La carta debe incluir su:
- Nombre completo;
- Dirección postal;
- Dirección de correo electrónico personal;
- Número de transacción de la solicitud de visado.
En la carta explique detalladamente por qué cree que debe modificarse la decisión. Para ello debe remitirse a las razones por las que se denegó la solicitud (tal como figuran en la carta de denegación). Añada cualquier información nueva que considere importante. Firme y feche la carta e inclúyala con la documentación del recurso.
(2) Otros documentos necesarios
Incluya cualquier otro documento que considere importante para su recurso.
No es necesario que vuelva a presentar los documentos que ya aportó con su solicitud original. Sin embargo, si decide hacerlo, estos documentos deben estar claramente separados de cualquier documento presentado en apoyo del recurso.
Todos los documentos que presente deben seguir las normas para los documentos de recurso de visado (véase más abajo), de lo contrario no podrán tenerse en cuenta.
(3) Pasaporte
Presente su pasaporte en el Centro de Solicitud de Visados (VAC) para que lo escaneen.
Normas para los documentos de recurso del visado
Prepare cuidadosamente sus documentos de recurso antes de presentarlos. Debe presentar los documentos originales y seguir las normas que se indican a continuación:
Cartas oficiales
Las cartas de empresas, universidades, escuelas, colegios, etc. deben ir en papel con membrete oficial y mostrar las organizaciones:
- Nombre completo;
- Dirección postal completa;
- Número de teléfono;
- Dirección web;
- Dirección de correo electrónico (no se aceptan direcciones de Yahoo ni Hotmail);
- Nombre y cargo de la persona de contacto.
Los documentos/cartas deben estar traducidos y certificados
Debe presentar una traducción completa y jurada al inglés o al irlandés de cualquier documento o carta que no esté en inglés o irlandés. Se requieren los originales de los documentos y las traducciones juradas.
Lea una descripción más larga sobre cómo hacer una traducción jurada de un documento.
"Todos los documentos oficiales expedidos por el Estado, como certificados de nacimiento, matrimonio, defunción o divorcio, que hayan sido expedidos por un Estado no perteneciente al EEE o Suiza, deberán ser compulsados o apostillados como auténticos por el Ministerio de Asuntos Exteriores del Estado que haya expedido el documento, para que puedan ser aceptados como prueba a efectos de visado irlandés. Dichos documentos deben traducirse al inglés o al irlandés, si es necesario. Las traducciones realizadas fuera del EEE o Suiza también deben ser certificadas/apostilladas como auténticas por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país en el que se haya realizado la traducción. Presente tanto los documentos originales como las traducciones juradas. Las traducciones realizadas en el EEE o Suiza no necesitan ser certificadas por el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Todos los documentos oficiales expedidos por un Estado miembro, como certificados de nacimiento, matrimonio, defunción o divorcio, que hayan sido expedidos por un Estado del EEE o Suiza , no necesitan la certificación de autenticidad de los Estados miembros. La traducción de estos documentos no es necesaria si se facilita también un formulario multilingüe normalizado (EMF). Estos formularios pueden solicitarse a los Estados miembros. Si no presenta un impreso estándar multilingüe, deberá traducir dichos documentos al inglés o al irlandés, si es necesario, para que puedan ser aceptados como prueba a efectos del visado irlandés. Las traducciones realizadas fuera del EEE o Suiza deben estar certificadas/apostilladas como auténticas por el Ministerio de Asuntos Exteriores del país en el que se realice la traducción. Las traducciones realizadas en el EEE o Suiza no necesitan ser certificadas por el Ministerio de Asuntos Exteriores. También aceptaremos el extracto de un certificado de matrimonio europeo, expedido de conformidad con el "Convenio sobre la expedición de extractos multilingües de actas del estado civil", como prueba de un matrimonio celebrado en el EEE o Suiza. Presente tanto los documentos originales como las traducciones juradas.
Envíe su solicitud
Cuando esté seguro de haber preparado el recurso, preséntese en el Centro de Solicitud de Visados (VAC) correspondiente con sus documentos entre las 15.00 y las 16.00 horas, de lunes a viernes, sin necesidad de cita previa.
Tras el recurso
Tramitamos los recursos de visado en el orden en que los recibimos. Nos esforzamos por tramitar los recursos lo antes posible y comunicamos al solicitante el resultado cuando se toma la decisión. Los plazos de tramitación pueden variar de una oficina a otra y también pueden variar durante el año, por ejemplo en los periodos de vacaciones.
Podemos tardar más tiempo en tramitar el recurso si tenemos que hacer una evaluación detallada de los derechos de la familia según la Constitución de Irlanda o el Convenio Europeo de Derechos Humanos.
Consulte la página Oficina de visados de Sudáfrica para las decisiones.
Decisión y próximos pasos
Un funcionario de apelación considerará toda la documentación presentada en su apelación, así como la documentación de su solicitud de visado original.